Política de seguridad vial

EQUIRENT S.A., EQUIRENT VEHÍCULOS Y MAQUINARIA S.A.S. BIC, CASATORO RENTAL SAS Y EQUIRENT BLINDADOS LTDA, empresas dedicadas al renting de vehículos, maquinaria y administración de flotas, con altos estándares de Seguridad Vial, por lo cual la prevención de accidentes viales tiene prevalencia en el desarrollo de las actividades de la compañía, minimizando el riesgo y garantizando que se cumplan las buenas prácticas de conducción con el fin de salvaguardar  la integridad de los trabajadores, comunidad y daños a la propiedad. Basados en lo anterior se define la presente Política de Seguridad Vial que tiene como finalidad establecer los lineamientos para minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes viales.

Para cumplir los objetivos, metas e indicadores del Plan Estratégico de seguridad vial implementado por la compañía se define:

  • El cumplimiento de las normas que el Gobierno Nacional y local expide en materia de seguridad vial.
  • El cumplimiento de los roles, competencias y responsabilidades asignados y los lineamientos y directrices enmarcados en el Plan Estratégico de Seguridad Vial.
  • Destinar los recursos humanos, financieros y técnicos, necesarios para cumplir con esta política y compromiso hacia el mejoramiento continuo.
  • Fomentar la cultura de seguridad vial promoviendo la conducción segura y la inteligencia vial a través de estrategias de concientización a los trabajadores.
  • La participación activa en las actividades de capacitación, formación, toma de conciencia y demás programadas por la Compañía, para todos los actores viales presentes.
  • Garantizar la responsabilidad tanto de los clientes como del personal propio y de los contratistas, en la realización del adecuado mantenimiento de los vehículos, con el fin de mantenerlos en perfectas condiciones de funcionamiento y de esta forma evitar la generación de accidentes que puedan comprometer la integridad de las personas o de sus bienes.
  • Verificar la idoneidad del personal directo, contratista y de terceros que conducen vehículos para las actividades y realizar seguimiento al comportamiento en la vía.
  • Todos los trabajadores y contratista que en el desarrollo de las funciones y actividades asignadas deben usar obligatoriamente el cinturón de seguridad, así como los motociclistas deberán usar adecuadamente el casco de seguridad en todo momento al conducir un vehículo, así mismo deben asegurarse de que todos los demás ocupantes del vehículo cumplan con esta medida.
  • Está prohibido conducir un vehículo bajo la influencia del alcohol, droga o sustancias psicoactiva, cualquier conducta demostrada será sujeta a acción disciplinaria, incluida la terminación de contrato.
  • El cumplimiento de las señales y normas de tránsito de acuerdo a la normatividad legal vigente, haciéndose responsable de las afectaciones económicas y penales que el incumplimiento genere.
  • El reporte oportuno por parte del trabajador de las condiciones de salud y/o el consumo de medicamentos que puedan alterar el estado de alerta o conciencia durante la conducción.
  • El cumplimiento de las jornadas de conducción, definiéndose la siguiente medida:

Cuatro (4) horas de conducción continua a lo que el conductor deberá tomar un descanso o pausa activa durante un intervalo de 5 a 15 minutos dependiendo de la zona y en caso que amerite, para reanudar la marcha; Igualmente, en su actividad de conducción diaria se mantendrá una regulación al límite de diez (10) horas en total y asegurar (8) horas de descanso.

  • Se prohíbe el uso de distractores durante la conducción, como son los equipos bidireccionales tales como teléfonos móviles, asistentes digitales personales, computadores portátiles y demás equipos electrónicos, así se cuente con manos libres. En el caso de ser necesario realizar o contestar una llamada o manipular de cualquier manera algún dispositivo electrónico, el conductor deberá detener el vehículo en un lugar seguro donde pueda realizar lo respectivo.
  • Uso obligatorio de los equipos y elementos de protección personal necesarios para la conducción de vehículos en concordancia con los peligros identificados, por lo tanto, la compañía se compromete con el suministro a los trabajadores de los elementos de protección personal acordes con las medidas de prevención establecidas.
  • Se prohíbe movilizar personal ajeno a la compañía o al contrato de trabajo para el cual están laborando, a excepción en caso de emergencias y con previa autorización.
  • El respeto a la integridad de actores viales vulnerables tales como peatones, ciclistas, personas con discapacidad y otros usuarios definidos en el marco normativo vigente.
  • La mejora continua del plan estratégico de seguridad vial y todos sus procesos y/o actividades asociadas, mediante la planeación, desarrollo, cumplimiento, seguimiento, evaluación y asignación de los recursos necesarios.
  • El incumplimiento de esta política puede resultar en una acción disciplinaria.